Qué es el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII)

 
El SII es una nueva manera de gestionar el IVA online. Después de cada facturación, tendremos que remitir electrónicamente a la Agencia Tributaria, el detalle de las facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de 4 días hábiles.
 

¿Cuándo entrará en vigor?

 
Según el Real Decreto 596/2016 del 2 de diciembre, el nuevo sistema entrará en vigor el 1 de julio de 2017.
 

¿A quién afectará este nuevo sistema?

 
La nueva normativa afectará a unas 62.000 empresas que representan el 80% de las transacciones en la economía española. Las empresas afectadas serán todas aquellas que tengan un volumen de operaciones superior a 6 millones de euros, los sujetos pasivos inscritos en el régimen de devolución mensual del IVA (REDEME), los sujetos pasivos acogidos al régimen especial del grupo de entidades del IVA, así como todas aquellas empresas que decidan sumarse a la iniciativa.
 

Mayor información y seguridad jurídica

 
En la sede electrónica de la AEAT los contribuyentes tendrán dos libros de registros, uno “declarado” y otro “contrastado”, con la información que proceda de terceros que pertenezcan al colectivo de este sistema o de la propia base de datos de la Agencia Tributaria. Los datos fiscales obtenidos serán una herramienta útil en la elaboración de la declaración, de manera que se podrán reducir errores, gracias a la simplificación y se tendrá mayor seguridad jurídica.
 

Reducción de cargas directas

 
Se reducen las obligaciones formales al suprimirse la obligación de presentación de las declaraciones informativas que se corresponden con los modelos 347 (información de terceros), 340 (operaciones en libros de registro) y 390 (resumen anual del IVA).
 

Comprobación selectiva y rápida

 
Como la Agencia Tributaria obtiene la información de las operaciones prácticamente en tiempo real podrá anticipar la comprobación agilizando el control y las devoluciones del impuesto. Cuando cliente y proveedor usen este sistema esto será aún más fácil puesto que las informaciones de ambos nacerán cruzadas.
 

Mayor plazo para liquidaciones del IVA

 
Se amplía en diez días el plazo de presentación de las liquidaciones periódicas.
 

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