El nuevo Impuesto al plástico no reutilizable está dando que hablar en todos los sentidos, dado que su repercusión afecta a muchos niveles. Si aún no lo conoces, el impuesto al plástico no reutilizable es un tributo indirecto que grava la utilización de envases que no sean reutilizables y que contengan plástico independientemente del uso que se le vaya a dar al mismo (ya sea para contener, para proteger, para distribuir…)
Además de influir en costes y precios, el impuesto al plástico no reutilizable también genera una serie de gestiones y trámites, a nivel administrativo, que las empresas que utilizan este material deben realizar para poder cumplir con la nueva obligación tributaria.
Entre los trámites de gestión y administrativos que trae el impuesto al plástico no reutilizable, se encuentra el cálculo del valor del mismo para su correspondiente declaración. Este importe se obtiene teniendo en cuenta la cantidad de kg de plástico no reciclado que contengan los productos que se ven afectados por el gravamen. De este modo, el impuesto grava con 0,45€ cada kg de plástico no reciclable contenido en la transacción.
Esto sucede y debe implementarse independientemente de si se trata de fabricación de productos objeto del impuesto, adquisición intracomunitaria de productos objeto del impuesto con origen desde otro Estado Miembro de la Unión Europea y con destino a Península o Baleares, importación de productos objeto del impuesto ya sean transportados o expedidos desde territorio no comprendido en la Unión Europea con destino a Península y Baleares, o tenencia irregular de dicho material sin poder acreditar su fabricación, adquisición o importación en territorio Español.
La Agencia Tributaria marca la obligatoriedad de repercutir el impuesto en ventas por parte del fabricante o del importador en el territorio español, con una periodicidad que vendrá establecida por la que cada empresa tenga de declaración de IVA. Esto implica que en las facturas de venta, los fabricantes e importadores deben sumar el impuesto correspondiente teniendo en cuenta el peso del plástico no reutilizable que contengan los artículos.
¿Qué supone la declaración del impuesto al plástico no reutilizable para las empresas?
El impuesto debe declararse a través de la web que la AEAT ha habilitado con este fin y además de la repercusión económica, supone para las empresas un proceso de tiempo para el cálculo y la imputación que dificulta la agilidad en la gestión.
Para automatizar todos los trámites, APEN ha desarrollado una solución integrada a a3ERP que facilita la gestión para la declaración del impuesto al plástico no reutilizable.
El nuevo software permite crear, informar y presentar la declaración del IEPNR a la Agencia Tributaria a través de Web Service. Además, en el caso de fabricantes, posibilita añadir a las facturas de venta el impuesto en caso de ser necesario.
Con todo ello, el programa permite generar declaraciones tipo fabricante o comprador, automatizando un asiento contable por línea de albarán o factura de compra o venta. Una vez generada, se puede proceder a enviar la declaración a través de una conexión a internet conectándose directamente al servicio web de la Agencia Tributaria.
La nueva solución se convierte en una herramienta que proporciona todo el control de la gestión de declaración del impuesto, pudiendo anular y corregir asientos, presentar la declaración y consultarla una vez generada.
Un impuesto de carácter recaudatorio y medioambiental que repercute a muchas empresas
El nuevo impuesto al plástico contribuye al cumplimiento de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados 7/2022 hacia un nuevo modelo económico circular y cumple con los requerimientos de la Unión Europea en cuanto a reducción de residuos se refiere. Con la entrada en vigor, se prevé una recaudación que supere los 700 millones de euros anuales, una reducción de la utilización de envases de plástico de un solo uso de un 50% para el año 2026 y de un 70% para el 2030.
Esta implementación supone un cambio importante para los comercios, pero también para los productores de envases o que comercializan con el uso de los mismo y es por ese motivo que, a la práctica, no afectará tan solo a aquellas empresas que formen parte del sector del plástico, sino que tendrá repercusión en casi cualquier empresa del sector secundario por el hecho de adquirir cualquier tipo de mercancía que venga embalada con plástico no reciclado que suponga más de 5kg en el mes.
Se trata de un gravamen reciente que entró en vigor el pasado 1 de enero y del que muchas empresas todavía aseguran desconocer cómo se realiza su gestión. Además de dicho desconocimiento, tampoco cuentan con un precálculo de su tributación ni de los costes de gestión que todo ello implica cosa que, a estas alturas, es estrictamente necesario tener bajo control.
Por ello, contar con un programa de cálculo y gestión del impuesto, como el desarrollado por APEN, y que además esté integrado con a3ERP, supone un gran avance para evitar los problemas que se acumulan y surgen en el momento de realizar la declaración.
En este sentido, también es importante contar con un equipo que acompañe a las empresas en la implementación de la automatización de la declaración, con conocimiento de su uso. Por ese motivo, APEN cuenta con un equipo preparado para la integración del nuevo programa en la gestión diaria y administrativa de las empresas sin que esto suponga un quebradero de cabeza para las mismas.